Presentamos un relato ficticio pero real, un relato que nos aproxima a las dificultades que arrastra una persona cuando abandona su país de origen por una situación límite y debe dejar atrás la familia
María (nombre ficticio) es una chica de El Salvador. Llevaba una vida normal, como la de cualquier otro, y se hacía cargo de dos criaturas con su marido. Su vida quedó truncada cuando presenció un asesinato a manos de las “maras”. Las “maras” son bandas latinoamericanas vinculadas al crimen organizado (narcotráfico, tráfico de personas y de armas, secuestros e incluso terrorismo).
Al ser testigo del asesinato, María se sintió insegura por primera vez en su vida. La situación la llevó hasta las autoridades policiales de El Salvador para denunciar lo que había visto. Una vez explicado el caso, los agentes la informaron que el suceso escapaba de sus funciones, y que no podían garantizar su protección. Finalmente le indicaron que, por su seguridad, lo mejor era huir del país.
Hoy, María está en Barcelona con un documento oficial que acredita las vicisitudes que ha sufrido. En esta nueva etapa, María cuenta con el apoyo de Cáritas Diocesana de Barcelona, y ahora tiene un equipo de personas que velan para que se sienta acogida y acompañada.
Sin embargo, María se encuentra en una encrucijada. Su situación le permite pedir protección internacional. Cuando una persona solicita protección internacional, la administración del país que lo acoge decide qué estatus le otorga. En caso que la administración le reconozca el derecho de asilo y la condición de refugiado, la persona podrá viajar pero no volver a su país de origen. Si la administración decide esta opción para el caso de María, supondría no ver a su familia durante mucho tiempo. Por otra parte, la administración puede decidir otorgarle una protección subsidiaria que le permitiría viajar a su país de origen y reencontrarse con su familia. Acogerse a la protección internacional tiene un riesgo, y el problema radica en que la persona solicitante no puede escoger el estatus que mejor se adecuaría a su situación. Ante esta disyuntiva, la única alternativa que le queda a la María es quedarse irregular en España y dentro de tres años, si tiene un contrato de trabajo de un año, conseguir una autorización de residencia y trabajo por arraigo social.
Como ocurre muy a menudo, la realidad va por delante de la normativa y por tanto ésta no responde a muchas de las situaciones complejas que se plantean en nuestro mundo. La existencia de la protección internacional es muy positiva, pero el procedimiento que tenemos hace que muchas personas renuncien a un derecho que tienen. Por tanto, habría que reformar este procedimiento de manera que las personas pudieran solicitar la protección más adecuada a su situación. Es una cuestión de seguridad jurídica, y no es posible que una solicitud de protección tenga consecuencias tan diferentes que obligamos a las personas a dar un salto al vacío sin información previa.
Si no se modifica el procedimiento, muchas personas se verán obligadas a permanecer de manera irregular en nuestro país, vivir con miedo y trabajar en la economía sumergida.