Preguntas frecuentes sobre el conflicto de Ucrania | Blog de Cáritas Barcelona
Migración / Institucional / 20/04/2022

Preguntas frecuentes sobre el conflicto de Ucrania

Publicado por: Cáritas Diocesana de Barcelona

Ante las numerosas preguntas que estamos recibiendo sobre la guerra en Ucrania y las formas de ayudar a la población civil que está sufriendo sus consecuencias, os hacemos llegar una serie de respuestas que le serán útiles a la hora de vehicular la ayuda. Este documento se irá actualizando a diario, con el objetivo de ser una herramienta práctica que se adapte a la evolución y consecuencias del conflicto.

ACTUALIZADO A 13/06/2022 (13:00h)

Desde Cáritas Diocesana de Barcelona, os agradecemos las muestras de apoyo y vuestro espíritu de ayuda hacia los más vulnerables de este conflicto. 

Nota: este documento pretende ser una herramienta viva y se irá actualizando con las nuevas informaciones que vayan llegando. 

Las personas que llegan de Ucrania tienen derecho a prestaciones sociales que cubran sus necesidades básicas, siempre que no dispongan de medios económicos, así como una autorización de residencia y trabajo. Ahora bien, para poder acceder a estas ayudas, que son variables en función del momento y de la situación económica, es necesario que la persona entre en el Plan estatal de acogida, es decir, que esté o bien en un recurso de vivienda gestionada por una de las entidades de acogida o esté dentro del Programa de acogida en Familias.

Por lo tanto, según la normativa actual, las personas provenientes del conflicto en Ucrania, que están siendo acogidas por un particular o entidades fuera del sistema estatal de acogida no podrán acceder a las prestaciones del plan estatal de acogida.

Copiamos el enlace a continuación de la Instrucción de la Dirección General de gestión del sistema de acogida de protección internacional y temporal, de 8 de abril de 2022, por la que se adoptan medidas de carácter extraordinario para la atención de personas desplazadas desde Ucrania, así como un documento resumen de la misma.

INSTRUCCIÓN

RESUMEN DE LA INSTRUCCIÓN

En Barcelona, el Servicio de Orientación y Acompañamiento para personas Inmigradas (SOAPI), ha empezado a realizar sesiones de Acogida para personas llegadas de Ucrania. Para más información, fechas y dirección de las sesiones programadas puede consultar en el siguiente enlace:

https://ajuntament.barcelona.cat/noubarris/ca/noticia/el-soapi-programa-sessions-dacollida-per-a-persones-procedents-ducraina_1157613

2.1. ¿Dónde dirigir a las personas provenientes de Ucrania si no disponen de vivienda?

Si residen en Barcelona ciudad y necesitan vivienda, alimentos, medicamentos o ropa las personas pueden dirigirse a:

  • De lunes a domingo, 9 a 19h, en la Fira de Barcelona (Avinguda Reina Maria Cristina, s/n, Pabellón 7)
  • A partir de las 19h, CUESB – Centro de Urgencias y Emergencias Municipales de Barcelona, llamando al 900703030 o dirigiéndose directamente a Calle Llacuna 25 de Barcelona. https://goo.gl/maps/yCSGSqr9Cv7DkMSZA

El Ayuntamiento de Barcelona ha actualizado la web Barcelona Ciutat Refugi, con información específica para el colectivo de personas ucranianas. Para más información de los servicios de la ciudad, puede entrar en el siguiente enlace:

https://www.ciutatrefugi.barcelona/es/inicio

Si residen en el resto de Catalunya:

Contactar con Cruz Roja Provincial. Cruz Roja dispone de un Centro operativo de emergencias en el que nos pueden informar de los centros operativos provinciales, y podemos avisar de la llegada de grupos grandes de refugiados. Para ponernos en contacto con ellos es necesario llamar al 704202224.

El centro de acogida situado en Barcelona da cobertura a toda Catalunya, y por tanto todos los que se encuentren en Catalunya puede dirigirse a este centro para recibir acogida (Avinguda Reina Maria Cristina, s/n, Pabellón 7, de lunes a domingo de 9 a 19h). Para pedir cita es necesario llamar al 910474444.

2.2. ¿Dónde dirigir a las personas que provienen de Ucrania si ya disponen de una vivienda y necesitan otras ayudas para cubrir necesidades básicas?

En el caso de personas que están viviendo en casa de amigos/familiares en la ciudad de Barcelona y que necesiten ayudas para alimentación, pueden ser dirigidas al CUESB – Centro de Urgencias y Emergencias Municipales de Barcelona, llamando al 900703030, o dirigiéndose a la nueve sede del CUESB en el Passatge Dos de Maig, 13. Este nuevo dispositivo del CUESB está pensado para dar respuesta a la cobertura de necesidades básicas de las personas ucranianas que están siendo alojadas en casas de amigos y familiares a la espera de entrar en la Fase 1 del Plan Estatal de Acogida y Refugio.

3.1 Entrada a territorio Schengen:

  • ¿Soy ucraniano, puedo entrar en la UE?: Las personas originarias de Ucrania no necesitan visado para entrar en territorio Schengen. Pueden permanecer en este territorio hasta 90 días, sin necesidad de tramitar ningún documento adicional.
  • No soy ucraniano, pero vivía en Ucrania: Las personas de terceros países que tenían residencia en Ucrania permanente o temporal, serán beneficiarios del sistema de acogida de protección internacional y, por tanto, podrán entrar también en el espacio Schengen. Las personas de terceros países que carezcan de una autorización de residencia en Ucrania podrán entrar y mantenerse en territorio Schengen en función de los requisitos de entrada habituales existentes, en función de su nacionalidad.

3.2 A quién afecta esta situación: 

  • Nacionales ucranianos, sus familias, y los extranjeros de terceros países con autorización de residencia (permanente o temporal, como los estudiantes) en Ucrania que se encontraban en fecha 24/02/2022 en Ucrania.
  • Nacionales ucranianos residentes en Ucrania, sus familiares, y los extranjeros de terceros países con autorización de residencia (permanente o temporal) que en fecha 24/02/2022 no estaban en Ucrania y no han podido regresar.
  • Nacionales ucranianos que estuvieran en España antes del 24/02/2022 en situación administrativa irregular.

3.3 ¿Cómo pueden regularizar la situación administrativa?

En estos momentos, la normativa permite dos opciones:

  • Pidiendo protección internacional: Para ello, es necesario pedir cita en la Comisaría de la Policía Nacional. Una vez presentada la solicitud, a los 6 meses la autorización provisional de residencia se convierte en autorización de residencia y trabajo. La autorización se irá prorrogando en tanto que no haya una resolución expresa a la petición.

Para pedir cita es necesario acceder al siguiente enlace y seleccionar la provincia donde se encuentra la persona y marcar la opción Policía-Solicitud Asilo:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustie/icpplustieb/acInfo?p=8&tramite=4094

En caso de que la persona resida en la provincia de Barcelona, debe seleccionar Barcelona/ CNP PSJ PLANTA BAJA PASSEIS SANT JOAN 189/Solicitud de Asilo.

  • Pidiendo protección temporal: Esta opción está contemplada en la normativa europea desde 2001, pero no ha sido hasta el pasado 5 de marzo de 2022 cuando por primera vez se autoriza su uso. Implica una protección integral desde el momento de la concesión (residencia y trabajo, vivienda, cobertura de necesidades básicas).

¿Dónde se puede solicitar la protección temporal?

En los centros de acogida de Barcelona:

Dirección:

FIRA de Barcelona. Av. Maria Cristina s/n, Pabellón.

¿Cómo pedir cita previa?

Llamando al teléfono 910474444 (servicio 24h)

Recordamos que es posible pedir protección temporal en cualquier provincia, contactando con las distintas Jefaturas de Policía nacional provincial, que se encuentran en las capitales de provincia.

En el siguiente enlace se puede consultar dónde pedir protección temporal en las diferentes provincias: Comisarías Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es)

Una vez la persona ha pedido protección temporal, y dispone del resguardo de solicitud, puede acceder a la notificación en el siguiente enlace: https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDni/IndexDesplazados.action

IMPORTANTE: Tanto si la persona dispone de vivienda como si no, es necesario que todo el mundo entre en el circuito de protección temporal, y esto ocurre, inicialmente, para que todo el mundo pida la protección temporal lo antes posible.

Detallamos los puntos más importantes de este nuevo procedimiento:

  • La solicitud de protección temporal se pedirá ante la Policía Nacional, sea la que está situada en los centros de acogida de refugiados o en las Comisarías de la Policía Nacional (pendiente de confirmar si se necesitará cita previa o se podrá ir de forma presencial sin cita).
  • Documentación que presentar: A pesar de que la orden se limita a indicar que la persona deberá acreditar que forma parte de este colectivo, a la espera de instrucciones de Comisaría de la Policía Nacional, se detallan los documentos que, a nuestro entender, pueden acreditar esta pertenencia:
    • En el caso de personas ucranianas, pasaporte (en caso de no disponer de pasaporte, un documento identificativo ucraniano, así como el título de viaje autorizando la entrada a territorio Schengen).
    • En el caso de personas de terceros países: pasaporte y documento que acredite que la persona tenía autorización de residencia permanente en Ucrania.
    • En el caso de menores, el certificado de nacimiento que acredita el parentesco con el adulto que le acompaña, o bien el documento que acredita que es el tutor legal, cuando el adulto no es el padre o la madre.
    • En caso de que la persona no disponga de ningún documento de identificación, es importante que se ponga en contacto con su consulado (Consulado de Ucrania en Barcelona. Calle Numancia, 185, Bajos 2, 08034 Barcelona Teléfono: 93 402 89 56 / 93 205 25 21).
  • Plazo y resolución del procedimiento:
    • En el momento de la presentación, la Policía Nacional expedirá un resguardo de la presentación, donde se asignará el NIE provisional.
    • La solicitud será enviada a la Oficina de Asilo y Refugio, quien deberá resolverla en el plazo de 24 horas.
  • Notificación de la resolución:
    • La notificación se hará, preferentemente, por vía electrónica. Se ha habilitado un sistema online para que las personas, una vez que dispongan del resguardo de solicitud de la protección temporal, puedan descargarse la resolución. Copiamos a continuación el enlace:

ЗАВАНТАЖЕННЯ ДОЗВОЛУ ТИМЧАСОВОГО ЗАХИСТУ

DESCARGA DE RESOLUCIÓN DE PROTECCIÓN TEMPORAL

https://servicio.mir.es/nfrontal/asi_desc_res.html

    • En caso de no poder hacerse por vía electrónica, se realizará por vía postal o por comparecencia personal en la Comisaría de la Policía Nacional.
    • Una vez se dispone de la resolución concediendo la protección temporal, se tendrá que pedir cita en Comisaría de la Policía Nacional para tramitar la TIE (tarjeta identificativa de extranjero), pidiendo cita previa en el siguiente enlace y seleccionando la opción “Policía tarjeta conflicto Ucrania”

Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es)

Importante: Es necesario que la persona pueda facilitar un teléfono de contacto para agilizar el procedimiento, y comunicar rápidamente en la Oficina de Asilo y Refugio cualquier cambio en el domicilio de notificación.

En la ciudad de Barcelona, se están realizando sesiones grupales informativas con relación a las vías de regularización de estas personas, mediante SAIER (Servei d’Atenció a Immigrants, Emigrants i Refugiats) y CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado).

¿Es necesario tener un contrato laboral para disponer de esta autorización temporal?

No, no debe tener ningún contrato laboral. A la persona se le concederá autorización de residencia y trabajo sin necesidad de un contrato.

Más información legal:

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha publicado la Guía de desplazados ucranianos, en el que se da respuesta a temas legales, así como se informa de las entidades de Acogida de las distintas comunidades autónomas.

GUIA DESPLAZADOS UCRANIANOS (inclusion.gob.es)

Esta guía dispone de una Chatbot en ucraniano y español, para que la persona interesada pueda realizar la consulta online y ser atendido al momento.

CEAR ha colgado una hoja informativa con toda la información relativa al procedimiento de documentación. Esta información se irá actualizando (se colgará también en ucraniano).

https://www.cear.es/guia-sobre-el-asilo-en-espana-para-personas-afectadas-por-la-guerra-en-ucrania/

Guía en ucraniano https://www.cear.es/wp-content/uploads/2022/03/INFORMACIO%CC%81N-PROTECCIO%CC%81N-POBLACIO%CC%81N-UCRANIA_def-UCR-070322.pdf

CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA. El Consejo de la Abogacía Española ha emitido una guía de trámites, y se informa que algunos Colegios de Abogados están abriendo turno de asistencia jurídica de abogados voluntarios, que ponen sus servicios a disposición de los refugiados.

+INFO: La Abogacía se vuelca en el apoyo legal a los refugiados ucranianos

En el caso de Barcelona, el Colegio de Abogados ha habilitado un servicio gratuito de asistencia a este colectivo. Para solicitar el servicio, puede hacerse dirigiéndose al siguiente contacto:

Ciutat de la Justícia

Av. Carrilet edifici D, 1a planta

Telf. 934221545

sertra@icab.cat

soj@icab.cat

Desde Cáritas diocesana de Barcelona no recomendamos la recogida de material por distintos motivos:

  • No podemos garantizar que el material llegue al punto de destino frente a la situación actual, sin que sea bloqueado o interceptado.
  • Las entidades que trabajan en el terreno son las que conocen las necesidades reales de la población, cambiantes.
  • El coste de transporte hasta el punto de destino es elevado, pudiéndose utilizar el importe para ayudar a más personas.
  • Es mejor comprar lo que se necesite en los países fronterizos que acogen a las personas refugiadas.

La recomendación de todas las organizaciones que trabajamos habitualmente en situaciones de emergencia humanitaria es canalizar todas las ayudas mediante las entidades que trabajan en el territorio, que son las que conocen las necesidades y formas de cubrirlas sobre el terreno.

No recomendamos en ningún caso la recogida de medicamentos, puesto que existe una regulación específica para la importación a otros países y está regulado por el Ministerio de Sanidad.

En el caso de Cáritas diocesana de Barcelona, os recordamos que hemos habilitado un número de cuenta para hacer aportaciones económicas ES82 2100 5000 5902 0012 8131 / BIZUM 33381 o llamando al 931127010. El dinero recaudado irá destinado a Cáritas Internacional y al Padre Yurii Stasiuk, de la comunidad Ucrania en Barcelona, que ha regresado a Ucrania y canaliza la ayuda en la zona donde se encuentra.

Para más información: https://campanyes.caritas.barcelona/es/emergencia-ucrania/

Los bienes donados en especie desde aquí pueden no ser adecuados a las necesidades de la población y la situación humanitaria y logística sobre el terreno. Las aportaciones financieras son más eficientes. Los bienes donados individualmente pueden suponer costes y dificultades administrativas logísticas adicionales (necesidad de embalaje, trámites aduaneros suplementarios, fecha de caducidad en alimentos y medicamentos, etc.) y pueden poner en peligro la vida de más personas. En una situación de conflicto, todas las personas y comunidades tienen capacidad de respuesta, a pesar de su vulnerabilidad. Las aportaciones financieras permiten la compra en mercados locales, ayudando a la activación de la economía en estos países.

Cáritas no ofrece apoyo económico, material ni logístico para iniciativas individuales que organicen desplazamientos a Ucrania ni a las zonas fronterizas. El modelo de cooperación de la entidad se centra en la ayuda organizada a través de los donativos económicos y canales ya establecidos en los equipos que trabajan sobre el terreno. Si tienes dudas sobre desplazamientos y ayuda al exterior, debes ponerte en contacto con emergencies.exteriors@gencat.cat.

Ante los ofrecimientos para acoger a un menor, UNICEF nos recuerda que el proceso de acogida a menores es un proceso regulado. Por tanto, debe hacerse por canales oficiales de las administraciones públicas. Le recomendamos que no haga difusión de iniciativas no oficiales que le pueden llegar por las diversas redes sociales.

En el caso de Catalunya, este ofrecimiento se puede realizar mediante el Institut Català d’acolliments de la Generalitat de Catalunya, escribiendo en el correo icaa.dso@gencat.cat

En el caso de residir en Barcelona ciudad, este ofrecimiento de acogida puede canalizarse mediante el Ayuntamiento de Barcelona llars.acollida@bcn.cat

En caso de encontrarnos con algún menor solo, que no está acompañado por un tutor legal, habrá que ponerse en contacto con DGAIA en el teléfono 116 111

Más información:

https://www.ccma.cat/324/latac-de-russia-a-ucraina-en-directe/unicef-lacollida-de-nens-ducraina-es-un-proces-regulat/minut/7110/252550/

Según información de prensa, El Ministerio de Inclusión y la Fundación La Caixa han llegado a un acuerdo para activar el Proyecto de Acogida en Familias de Ucrania.  

A partir del 24 de marzo, las familias que quieran acoger a personas ucranianas pueden llamar al teléfono gratuito 900670909, operativo de lunes a viernes de 09h a 17h. Para más información puede consultar el siguiente enlace donde encontrará una recopilación de preguntas frecuentes y una guía de consejos para familias acogedoras.

Acogida de refugiados de Ucrania – Fundación ”la Caixa” (fundacionlacaixa.org)

Si dispone de un alojamiento destinado a personas refugiadas del conflicto, desde Cáritas ahora mismo no podemos utilizarlo para este fin (Fase 0 del Plan Estatal de Acogida de Personas Refugiadas), porque no somos una entidad de emergencia en Refugio, pero sí que serán recursos muy valiosos cuando se pongan en marcha las próximas fases del plan y estas personas necesiten cubrir sus necesidades básicas y consolidar su proceso de inclusión.  

Por este motivo, cualquier ofrecimiento a Cáritas en lo que se refiere a las necesidades de alojamiento de las personas refugiadas, ya sea por vía telefónica o por correo electrónico, serán de gran ayuda para nosotros en las próximas fases del plan, durante las próximas semanas. 

Las administraciones públicas (Gobierno de España, Generalitat de Catalunya y Ayuntamientos) aconsejan centralizar las demandas en el Plan estatal de acogida a refugiados. En este sentido, Cáritas Diocesana de Barcelona trabaja para apoyar en todo lo que puede, pero priorizando el dispositivo estatal.

Son muchas las situaciones que quedarán excluidas del circuito público, o que la respuesta podría no ser tan ágil como requiere esa emergencia. Como siempre, la misión de Cáritas Diocesana de Barcelona es estar junto a los más vulnerables. Estaremos para acoger y acompañar todas aquellas situaciones excluidas de la cobertura del Plan estatal, así como las situaciones de aquellas personas que temporalmente no tengan las necesidades básicas cubiertas hasta ser garantizadas por el plan estatal o aquellas que queden excluidas del sistema.

La documentación identificativa de los nacionales ucranianos corresponde a las representaciones diplomáticas de ese estado acreditadas en España. Es necesario dirigirse al Consulado de Ucrania en Barcelona. Carrer Numància, 185, Bajos 2ª, 08034 Barcelona Teléfono: 93402 89 56 / 93 205 25 21.

El Departament d’Educació de la Generalitat de Catalunya ha establecido un protocolo para escolarizar de forma ágil a los menores ucranianos que están llegando. Pueden ser matriculados, mediante el sistema de matrícula viva -el que se utiliza para personas recién llegadas y/o cambios de residencia durante el curso escolar. No será necesario que estén empadronados. Los menores se escolarizarán en el centro en el que tengan familiares/conocidos o el más cercano al lugar de residencia.

A pesar de que facilitaremos información más detallada cuando dispongamos del protocolo completo, de momento, ante situaciones de este tipo puede dirigirse a la Oficina de matriculaciones de la población donde esté el menor o al Departamento de Educación.

Direcciones:

Consorci d’Educació de Barcelona

https://www.edubcn.cat/es

Pl. de Urquinaona, 6 (esquina C. de Roger de Llúria)

08010 Barcelona

HORARIO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA

Teléfono centralita: 93 551 10 00 (es necesario solicitar cita previa para matriculaciones)

 

Departament d’Educació de la Generalitat de Catalunya

https://web.gencat.cat/es/inici/index.html

Vía Augusta 202

08021 Barcelona

Teléfono 93 400 69 00

Enlace a los servicios territoriales

Direcciones y teléfonos. Departamento de Educación

Es necesario pedir cita previa para realizar cualquier trámite

¿Cómo pueden tramitar la tarjeta sanitaria (TSI) las personas llegadas de Ucrania?

Puede haber dos casuísticas:

  1. Si son personas alojadas en albergues, residencias, etc. facilitadas por entidades especializadas, el centro de acogida u ONG responsable del grupo comunicará a la Región Sanitaria y/o CatSalut la relación de personas con una serie de datos para poder acreditarlos. Se les entregará el resguardo con el CIP, y las TSI se enviarán a la dirección del centro o dirección alternativa que se indique.
  2. Si son personas que se alojan en casas de familiares o amigos, es necesario que se empadronen en estos domicilios, y después se dirijan al CAP o bien rellenen el formulario para la expedición de la primera TSI:

https://salut.gencat.cat/pls/rca/rcapktsi_COVID.SOLICITAR_TSI_FORM

También podéis contactar con los servicios sociales de vuestro municipio, para que los orienten en esta materia.

Vacunación.

La Conselleria de Salut de la Generalitat de Catalunya ha elaborado un tríptico, en catalán, ucraniano e inglés informando de los procedimientos de vacunación y, principalmente, en relación con la vacunación de la COVID.

Los centros de Cáritas Ucrania siguen atendiendo a la población civil necesitada. Sus 36 oficinas repartidas por todo el país trabajan de forma coordinada con las sedes operativas de la Cáritas nacional, en Kíiv y Lviv.

Desde el principio de la invasión, Cáritas Ucrania mantiene un proyecto de emergencia para satisfacer las necesidades básicas de las personas más vulnerables. En estos momentos, se están equipando con ayuda humanitaria 11 centros de acogida (Kramatorsk, Rubizhne, Zaporizhya, Volnovakha, Mariupol, Kharkiv, Dnipro, Kyiv, Zhytomyr, Odessa, Ivano-Frankivk) de respuesta a la emergencia.

La respuesta de Cáritas Ucrania está dando prioridad al reparto de comida caliente, agua, kits de higiene básica, refugio temporal para personas que han abandonado su casa, servicio de lavandería y transporte seguro para las personas que buscan reunirse con familiares en otras zonas del país. El plan de emergencia incluye también atención a casos especiales (como la gente mayor, los menores y las personas con discapacidad) y el acompañamiento emocional básico y las actividades de ocio para niños que les ayuden a mantener la normalidad en medio de la situación de gran estrés provocada por los ataques.

Asimismo, las Cáritas de los países vecinos -Rumanía, Polonia y Moldavia- están activando también planes nacionales de acogida en los flujos de refugiados ucranianos que cruzan las fronteras.

En Rumanía, las Cáritas de Bucarest, Iasi, Maramures y Satu Mare han empezado a evaluar la situación y establecer equipos de primera intervención, definiendo un programa de respuesta a la emergencia centrado en la acogida y el apoyo para refugiados (información, servicio de lavandería, servicio de comunicación, alimentos y kits de higiene), programas específicos de acogida infantil, refugio y alojamiento temporal en parroquias locales y movilización de voluntarios para la acogida.

Cáritas Polonia está preparando también la acogida, el alojamiento y el transporte seguro para los refugiados, con programas de emergencia similares a los habilitados por Cáritas en Rumanía.

Por su parte, Cáritas Moldavia ha puesto en marcha un plan de emergencia a través de su oficina nacional, en Chisinau, y las seis Cáritas locales en Grigorauca, Rascov, Ribnita, Stauceni, Stircea y Tiraspol. En total, cuenta con unos 200 agentes en el terreno. En coordinación con las autoridades locales, se han apoyado a 390 personas ubicadas en centros oficiales (Chisinau, Ocnita, Palanca) con comida, agua, kits de higiene y soporte social y emocional. Además, se está preparando un centro gestionado por Cáritas en Chisinau, donde ofrecer alojamiento digno y seguro a unos 70 refugiados, con especial atención a menores y mujeres.

En la misma línea, Cáritas Bulgaria también está preparando centros para dar respuesta a la llegada de refugiados ucranianos, que llegan bien por vía terrestre, bien por ferry desde Odessa al sitio de Varna. El 28 de febrero, se calculaba que más de 7.000 ucranianos habían llegado al país y se espera que este número aumente en los próximos días.

La Dirección General de Tráfico ha emitido la Instrucción COND 2022/02 con relación a los carnés de conducir de personas ucranianas:

  • Se prorroga la validez de los carnés de conducir ucranianos durante un año desde la fecha de entrada en España.
  • En caso de querer hacer el cambio en el carné de conducir español, lo podrán hacer una vez disponen de autorización de residencia, pidiendo “Cita previa de canje”.

El Plan Estatal de Acogida a personas Refugiadas son una serie de medidas estatales, divididas en fases, dirigidas a garantizar la cobertura de necesidades básicas de las personas refugiadas, así como su inserción sociolaboral. Las medidas van dirigidas a personas que no dispongan de medios económicos para afrontar sus necesidades básicas y las de su unidad familiar.

Este Plan Estatal, que la Administración estatal tiene conveniado con las entidades de refugio, está dividido en las siguientes fases:

 

FASE de Valoración inicial y Validación

Se realiza una primera evaluación de la situación de la persona. Es posible derivar a la persona a recursos de vivienda y cubrir necesidades básicas cuando se dé una situación de vulnerabilidad/urgencia. Actualmente, en Barcelona, esta fase se realiza en la Fira de Barcelona, gestionada por Cruz Roja.

Duración: la mínima imprescindible (máximo estimado 30 días). El tiempo de estancia en esta fase no se descuenta de los períodos máximos de estancia en el resto de fases. En esta fase, las Cáritas con sede en Catalunya no entramos, porque no somos entidades de emergencia en Refugio, pero sí estamos ayudando en lo previo cuando es necesario y en las siguientes fases cuando no estén cubiertas las necesidades. Algunas de las entidades que sí son gestoras del Sistema Estatal de Acogida e Integración son Cruz Roja, Accem o Cear, entre otras.

Por tanto, cualquier ofrecimiento a Cáritas de pisos o alojamientos destinados a acoger personas refugiadas de este conflicto, si nos encontramos todavía en la FASE 0, desde Cáritas no podremos utilizarlos para este fin, pero seguro que serán recursos muy valiosos cuando se pongan en marcha las próximas fases del plan (durante las próximas semanas) y estas personas necesiten cubrir sus necesidades básicas y consolidar su proceso de inclusión.

Por este motivo, cualquier ofrecimiento a Cáritas en lo que se refiere a las necesidades de alojamiento de las personas refugiadas, ya sea por vía telefónica o por correo electrónico, será de gran ayuda en las próximas fases del plan.

 

FASE de Acogida

Objetivo: cubrir necesidades básicas y ayudar a la persona a adquirir habilidades para la vida autónoma (alojamiento, manutención, atención social, atención psicológica, aprendizaje de la lengua, formación pre laboral y laboral, interpretación y traducción y asistencia jurídica).

Duración: 6 meses.

 

FASE de Autonomía

Se inicia cuando la persona finaliza su estancia en dispositivo acogida y sigue necesitando apoyo. Se cubren necesidades básicas y se ponen a disposición algunos recursos, principalmente ayudas económicas, que se complementan con acompañamiento, aprendizaje intensivo de la lengua y el acceso a programas de empleo y formación.

Duración: máximo 6 meses

Duración máxima total de todas las fases: la duración máxima de la primera y la segunda fase son 12 meses, pudiendo ser de 18 en el caso de personas que estén en programas de reasentamientos. 

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infocaritas@caritas.barcelona

Cáritas es una entidad sin ánimo de lucro de la Iglesia católica. Nuestra misión es acoger y acompañar a las personas en situación de pobreza y exclusión social, para que sean protagonistas de su desarrollo integral, desde el compromiso de la comunidad cristiana. Los tres objetivos de Cáritas son promover, orientar y coordinar la acción social; sensibilizar a la sociedad y denunciar situaciones de injusticia social. Queremos construir un mundo donde los bienes de la Tierra sean compartidos por toda la humanidad desde la dignidad de la persona, desde el trabajo por la justicia social y desde la solidaridad y el compartir fraterno.

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