{"id":9914,"date":"2020-06-26T23:35:13","date_gmt":"2020-06-26T21:35:13","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/?p=9914"},"modified":"2020-07-01T15:25:52","modified_gmt":"2020-07-01T13:25:52","slug":"nuevas-oportunidades-para-el-mundo-empresarial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/opinion\/nuevas-oportunidades-para-el-mundo-empresarial\/","title":{"rendered":"Nuevas oportunidades para el mundo empresarial"},"content":{"rendered":"<p>Hoy, 20 de junio, D\u00eda Mundial del Refugiado, las empresas deben saber que las personas refugiadas pueden y quieren trabajar, que tienen ganas de aportar su conocimiento y val\u00eda a nuestra sociedad. Ahora, hay que hacer visible esta realidad.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-9906\" src=\"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2020\/06\/20181011_FEINA_AMB_COR_@DANI_CODINA_1-1-scaled-e1592601474931.jpg\" alt=\"\" width=\"768\" height=\"576\" \/><\/p>\n<p>\u00bfSab\u00edas que <strong>un solicitante de asilo puede trabajar una vez transcurridos 6 meses <\/strong>desde la entrevista de asilo? \u00bfSab\u00edas que <strong>muchas empresas no los contratan porque desconocen que pueden hacerlo<\/strong>?<\/p>\n<p>En tiempos de pandemia, nos hemos acostumbrado a vivir con la incertidumbre del d\u00eda a d\u00eda. No saber que pasar\u00e1, cambiar las rutinas diarias y adaptarnos a situaciones que hasta hace dos d\u00edas hubi\u00e9ramos pensado que eran imposibles. <strong>Esto es lo que siempre vive un solicitante de asilo o un refugiado<\/strong>. Personas que de un d\u00eda para otro tienen que huir de su casa, sufriendo por su vida y llegando a nuestro pa\u00eds con la incertidumbre constante de no saber qu\u00e9 pasar\u00e1 con su caso, con sus expectativas de encontrar un trabajo que les permita vivir, y viendo como las puertas se cierran por el desconocimiento que hay de su situaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Se trata de personas que han abandonado su pa\u00eds de origen<\/strong>, ya sea porque son perseguidas por motivos de raza o etnia, religi\u00f3n, g\u00e9nero, orientaci\u00f3n sexual, pertenencia a determinado grupo social o nacionalidad, opiniones pol\u00edticas u otros casos que suponen un riesgo real para su integridad f\u00edsica y su vida. La Ley 12\/2009 de 30 de octubre reguladora del derecho de asilo y de la protecci\u00f3n subsidiaria, asegura en el art\u00edculo 36 el acceso de los beneficiarios y solicitantes de protecci\u00f3n internacional al trabajo ya los servicios y programas de formaci\u00f3n profesional en igualdad de condiciones que los nacionales.<\/p>\n<p>Sin embargo encuentran limitaciones, y la realidad se impone a la normativa. <strong>Las personas en situaci\u00f3n de asilo o refugio deben saltar una carrera de obst\u00e1culos para acceder al mercado laboral<\/strong>: la larga espera para la formalizaci\u00f3n de la demanda de asilo, agravada por el estado de alarma, hace que las personas solicitantes de asilo tarden m\u00e1s de un a\u00f1o en poder acceder al mercado de trabajo, cuando deber\u00edan ser seis meses desde la obtenci\u00f3n de la carta blanca o resguardo blanco, una vez han hecho la entrevista y se les ha admitido a tr\u00e1mite la solicitud de protecci\u00f3n internacional.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-9908\" src=\"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2020\/06\/20181011_FEINA_AMB_COR_@DANI_CODINA_1-9-scaled-e1592601524567.jpg\" alt=\"\" width=\"768\" height=\"560\" \/><\/p>\n<p>Una vez tienen autorizaci\u00f3n para trabajar, hay un gran desconocimiento de muchas empresas sobre la situaci\u00f3n de los solicitantes de asilo, sobre todo en cuanto a la validez de sus documentos. Esta situaci\u00f3n hace que <strong>las empresas los descarten y opten por otros perfiles, situando a las personas solicitantes de protecci\u00f3n internacional en desventaja y estableciendo un agravio comparativo contrario al derecho de igualdad contenido legalmente.<\/strong><\/p>\n<p>Cuando hablamos de refugiados debemos distinguir entre dos tipolog\u00edas en funci\u00f3n del momento del procedimiento:<\/p>\n<p>Hablamos de solicitantes de protecci\u00f3n internacional cuando su expediente est\u00e1 instruyendo, es decir, han solicitado asilo y se encuentran a la espera de saber si se les conceder\u00e1 o no.<\/p>\n<p>Hablamos de refugiados o beneficiarios de protecci\u00f3n subsidiaria cuando ya han resuelto su expediente favorablemente.<\/p>\n<p>En ambos casos pueden residir y trabajar en Espa\u00f1a, sin embargo en el caso de los solicitantes, tal como hemos dicho anteriormente, solo pueden trabajar a partir de los seis meses una vez obtienen el llamado resguardo blanco o carta blanca, que es el documento que se les entrega una vez realizada la entrevista de protecci\u00f3n internacional. As\u00ed lo establece la Instrucci\u00f3n 9\/2020 que se public\u00f3 el 22 de mayo pasado.<\/p>\n<p>La Instrucci\u00f3n 9\/2020 de la Direcci\u00f3n General de Polic\u00eda alarga y renueva la documentaci\u00f3n de los solicitantes de protecci\u00f3n internacional y reconoce a las personas que ya han realidad la entrevista, que al cabo de seis meses ya pueden trabajar en nuestro pa\u00eds en igualdad de condiciones que un nacional. En ambos casos se aplica siempre que no se les haya notificado la resoluci\u00f3n denegatoria de la solicitud.<\/p>\n<p>A estas personas se les alarga el resguardo blanco o &#8220;carta blanca&#8221; nueve meses m\u00e1s de la fecha de expiraci\u00f3n del documento, y siete meses m\u00e1s con respecto a la tarjeta roja. Este alargamiento y vigencia de los documentos implica:<\/p>\n<ul>\n<li>Que durante todo este tiempo y siempre que no se les notifique la denegaci\u00f3n de la protecci\u00f3n internacional, se les aplica el principio de <em>non refoulment<\/em> o no devoluci\u00f3n, principio fundamental del derecho internacional que proh\u00edbe devolverlos al pa\u00eds de origen.<\/li>\n<li>Que obtienen la autorizaci\u00f3n para trabajar a los seis meses desde que tienen la carta blanca o resguardo blanco que se les entrega una vez realizada la entrevista y admitida a tr\u00e1mite la solicitud.<\/li>\n<li>Se les cancela la cita para la renovaci\u00f3n que tuvieran en la Oficina de Asilo y Refugio y deben pedir una nueva cita una vez expire la nueva vigencia del documento.<\/li>\n<li>Una vez resuelto su expediente de asilo, en caso de denegaci\u00f3n, la persona queda expulsada del mercado laboral, para que la vuelvan a catalogar en situaci\u00f3n administrativa irregular, lo que hace que tenga que volver a la casilla de salida, perdiendo el trabajo que estuviera haciendo y a\u00f1adiendo una doble vulnerabilidad: la del duelo que hace la persona que huye, y la de la p\u00e9rdida del trabajo y el impacto en el proceso de integraci\u00f3n que ello supone.<\/li>\n<\/ul>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-9910\" src=\"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2020\/06\/20181011_FEINA_AMB_COR_@DANI_CODINA_1-2-scaled-e1592601571970.jpg\" alt=\"\" width=\"768\" height=\"576\" \/><\/p>\n<p>Son personas como nosotros, con la <strong>misma diversidad y experiencia profesional<\/strong> que podemos presentar (auxiliares, cuidadores, arquitectos, ingenieros, administrativos, abogados, cajeros, agricultores, enfermeros,&#8230;) personas a las que la ley reconoce el derecho a trabajar una vez transcurridos seis meses desde la realizaci\u00f3n de la entrevista de asilo.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n, <strong>contratar a estas personas por parte de una empresa significa sumar responsabilidad social a la organizaci\u00f3n<\/strong>, ya que se fomenta el acceso al empleo de estas personas, permite integrar al equipo a individuos con un gran conocimiento de otras lenguas (\u00e1rabe, ingl\u00e9s, franc\u00e9s, ruso, ucraniano,&#8230;) lo que permite impulsarla hacia nuevos mercados y permite diversificar la plantilla incorporando perfiles de origen diverso, apostando por la inclusi\u00f3n y la solidaridad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hoy, 20 de junio, D\u00eda Mundial del Refugiado, las empresas deben saber que las personas refugiadas pueden y quieren trabajar, que tienen ganas de aportar su conocimiento y val\u00eda a nuestra sociedad. 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