{"id":12332,"date":"2022-11-02T12:07:04","date_gmt":"2022-11-02T11:07:04","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/?p=12332"},"modified":"2022-11-02T12:08:27","modified_gmt":"2022-11-02T11:08:27","slug":"acompanar-en-derechos-un-beneficio-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/sin-hogar-y-vivienda\/acompanar-en-derechos-un-beneficio-social\/","title":{"rendered":"Acompa\u00f1ar en derechos, un beneficio social"},"content":{"rendered":"<p><strong>Trabajar en la defensa de los derechos humanos es sin\u00f3nimo de promover un cambio en el modelo de sociedad que genera exclusi\u00f3n, pobreza y desigualdad.<\/strong><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-12326\" src=\"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2022\/11\/20211124_ACTE_SENSELLAR_XAPSLL_OK-9-scaled-e1667386983665.jpg\" alt=\"\" width=\"768\" height=\"512\" \/><\/p>\n<p>Para una instituci\u00f3n como C\u00e1ritas, que defiende los derechos humanos, no siempre es f\u00e1cil pasar de la teor\u00eda a la pr\u00e1ctica cuando se trata de intervenci\u00f3n social.<\/p>\n<p><strong>La asesor\u00eda jur\u00eddica fue el primer servicio abierto en la C\u00e1ritas incipiente, hace ya 77 a\u00f1os<\/strong>. Pero disponer de un servicio jur\u00eddico no quiere decir necesariamente trabajar con un enfoque de derechos humanos. Conseguirlo no es un camino sencillo, requiere formaci\u00f3n y reflexi\u00f3n, pero tambi\u00e9n mucha convicci\u00f3n para cambiar \u00f3pticas y din\u00e1micas.<\/p>\n<p>El primer cambio que exige es aceptar que los derechos no son graciables, sino exigibles. Cuesta incorporar esta premisa, ya que en general se tiende a confundir los derechos con las necesidades. De la expresi\u00f3n derechos humanos, este \u201chumanos\u201d s\u00ed que hace referencia a las necesidades (alimentaci\u00f3n, agua, vivienda), pero tambi\u00e9n a las capacidades (escoger, expresarse, participar), que son comunes a todas las personas, con independencia de su lugar de origen o de sus diferencias culturales, y que est\u00e1n vinculadas a la dignidad de la persona. Por lo tanto, es un concepto del bienestar integral de las personas.<\/p>\n<p><strong>Los derechos humanos no nacen de la norma, pero tienen que acabar convirti\u00e9ndose en normas cuando esas necesidades o capacidades se ven amenazadas.<\/strong> Entonces se establecen unos mecanismos de protecci\u00f3n y pasan a ser derechos. Se crean las normas jur\u00eddicas \u2013el conjunto de tratados y convenciones que conforman el derecho internacional de los derechos humanos\u2013 que los estados se obligan a respetar, proteger y garantizar.<\/p>\n<p>Por lo tanto, desde la perspectiva de derechos humanos, la intervenci\u00f3n social no se pregunta por las necesidades de las personas, sino por qu\u00e9 derechos tienen vulnerados cuando no pueden cubrirlas, y, al mismo tiempo, es necesario identificar qui\u00e9n se ve afectado, cu\u00e1les son las causas de esa vulneraci\u00f3n, qu\u00e9 demandas tienen las personas afectadas y c\u00f3mo podemos contribuir a transformar las relaciones de poder y corregir las desigualdades, las pr\u00e1cticas discriminatorias y el injusto reparto de poder.<\/p>\n<p>Para aplicar este enfoque deben conocerse los tratados y convenciones y todo su contenido: tambi\u00e9n todos aquellos documentos donde se detalla este contenido m\u00ednimo incluyendo todos los aspectos relacionados con el acceso, disponibilidad, calidad, aceptabilidad, sostenibilidad y participaci\u00f3n.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-12328\" src=\"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2022\/11\/20220227_INFRAHABITATGE_HOSPITALET-5-scaled-e1667387135731.jpg\" alt=\"\" width=\"768\" height=\"512\" \/><\/p>\n<p><strong>Trabajar en la intervenci\u00f3n social desde esta perspectiva nos aleja de la beneficencia y nos acerca al verdadero sentido de la inclusi\u00f3n, desde la universalidad<\/strong> (incorporando a todas las personas que tienen vulnerados sus derechos) y teniendo en cuenta que los derechos no pueden jerarquizarse (todos los derechos est\u00e1n interconectados y vulnerar uno implica vulnerar otros).<\/p>\n<p>Asimismo, alcanzar la autonom\u00eda personal no puede desligarse de aquellos factores y condiciones que favorecen o impiden el ejercicio de los derechos humanos. Por eso, el ejercicio de los derechos es un acto de responsabilidad individual y colectiva que supone defender nuestros derechos y los derechos de todos, denunciando cualquier vulneraci\u00f3n y exigiendo a los poderes p\u00fablicos que los garanticen.<\/p>\n<p>Son los estados los responsables de hacer cumplir estas normas y sancionar su incumplimiento. Los gobernantes e instituciones p\u00fablicas son titulares de obligaciones. Deben respetar los derechos humanos y no pueden establecer normas, pol\u00edticas ni llevar a cabo acciones que vulneren los derechos de la poblaci\u00f3n; <strong>deben proteger a toda la poblaci\u00f3n y hacer efectivos estos derechos adoptando todas las medidas necesarias para dar respuesta a las demandas, especialmente las de las personas que se encuentran en situaci\u00f3n de exclusi\u00f3n o vulnerabilidad. <\/strong><\/p>\n<p>Los actores sociales, entidades como la nuestra, sindicatos, ONG, etc. no tienen la responsabilidad de la protecci\u00f3n social, sino que son un puente entre la poblaci\u00f3n y las instituciones p\u00fablicas. Su funci\u00f3n es actuar desde el acompa\u00f1amiento y el compromiso en los procesos de integraci\u00f3n social.<\/p>\n<p>No existe una l\u00ednea que delimita lo m\u00edo de lo de los dem\u00e1s. Contribuir al acceso a los derechos supone tener claro que se est\u00e1 contribuyendo a la construcci\u00f3n de un nosotros: los derechos humanos son comunes a todas las personas, no solo de quien se lo merece, ni de quien ha tenido suerte, ni de quien ha trabajado mucho. As\u00ed, pues, el enfoque en derechos humanos \u2013especialmente en la intervenci\u00f3n social\u2013 supone proteger los derechos b\u00e1sicos y hacer frente colectivamente a los riesgos individuales.<\/p>\n<p>Es partiendo de este paradigma que en 2020 \u2013coincidiendo con el decreto del estado de alarma por la pandemia de la COVID-19\u2013 empieza a andar el nuevo Programa de Asesor\u00eda Jur\u00eddica Social y Acompa\u00f1amiento en Derechos de C\u00e1ritas Diocesana de Barcelona. De hecho, una auditor\u00eda ya hab\u00eda detectado la necesidad de unificar criterios en este campo de intervenci\u00f3n, en 2018.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-12330\" src=\"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2022\/11\/20220227_INFRAHABITATGE_HOSPITALET-1-scaled-e1667387210214.jpg\" alt=\"\" width=\"768\" height=\"512\" \/><\/p>\n<p>Este nuevo programa se articula en torno a seis profesionales de la abogac\u00eda (dos personas contratadas y cuatro voluntarias) que, junto con una administrativa, dan respuesta a vulneraciones de derechos b\u00e1sicos, sobre todo en temas de vivienda, derechos civiles, administrativos, laborales y penales. El programa tiene un doble objetivo: asesorar con car\u00e1cter preventivo, internamente, a las trabajadoras sociales y educadoras de intervenci\u00f3n social y, externamente, a las personas que llegan con sus derechos vulnerados. Cuando tiene que intervenir la justicia, el caso se pasa al turno de oficio.<\/p>\n<p>Visto as\u00ed puede parecer que hablamos de materia abstracta. Nada m\u00e1s lejos de la realidad. Las personas que llegan a las consultas del programa, explica Sonia Lacalle, su responsable, nos hablan de vulneraciones que \u201cdeterminan su d\u00eda a d\u00eda, como, por ejemplo, entidades bancarias que se niegan a abrir una cuenta porque la persona no tiene papeles o ayuntamientos que se niegan a empadronar a personas que viven en habitaciones de realquiler o locales ocupados\u201d. Estas dos circunstancias son b\u00e1sicas, porque, tal y como afirma Lacalle, \u201clas personas necesitan tener un domicilio para acceder a los recursos de salud y a la escolarizaci\u00f3n de sus hijos, pero tambi\u00e9n necesitan una cuenta bancaria donde ingresar una prestaci\u00f3n social como puede ser el ingreso m\u00ednimo vital (IMV)\u201d. No tener ni una cosa ni la otra aboca a las personas a la m\u00e1s severa de las exclusiones y a vivir de la beneficencia.<\/p>\n<p>En definitiva, trabajar en la defensa de los derechos humanos y de las personas que viven en situaci\u00f3n de vulneraci\u00f3n de sus derechos supone trabajar por un cambio en el modelo de sociedad que genera exclusi\u00f3n, pobreza y desigualdad.<strong> Las personas que ven vulnerados sus derechos a menudo no son conscientes de su situaci\u00f3n. Por eso es tan importante la existencia de este programa. Con su criterio, velando por el acceso a los derechos de las personas en situaci\u00f3n m\u00e1s d\u00e9bil se contribuye a velar porque estos derechos se mantengan para que todo el mundo pueda acceder a ellos.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Trabajar en la defensa de los derechos humanos es sin\u00f3nimo de promover un cambio en el modelo de sociedad que genera exclusi\u00f3n, pobreza y desigualdad. Para una instituci\u00f3n como C\u00e1ritas, que defiende los derechos humanos, no siempre es f\u00e1cil pasar de la teor\u00eda a la pr\u00e1ctica cuando se trata de intervenci\u00f3n social. La asesor\u00eda jur\u00eddica [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":12326,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[24],"tags":[],"autor":[1560],"class_list":["post-12332","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-hogar-y-vivienda","autor-marta-pluja-es"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12332","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=12332"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12332\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12334,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12332\/revisions\/12334"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12326"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12332"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12332"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12332"},{"taxonomy":"autor","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.caritas.barcelona\/es\/wp-json\/wp\/v2\/autor?post=12332"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}